Inicio›Justicia›LIBELA GESTION SL

Concurso de acreedores

LIBELA GESTION SL

CIF B85267375Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
3 — 01/10/2011 → 09/02/2012
Procedimiento
311/2011

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso09/02/2012
    ⚖️ MADRIDAuto 25/01/2012

    Edicto. D.ª M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 311/11 referente al concursado LIBELA GESTIÓN, S.L., con CIF B-85267375 y domicilio en la calle Ríos Rosas, n.º 18, 1.º B, de Madrid, por auto de fecha 25 de enero de 2012, se ha acordado lo siguiente: 1. Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor LIBELA GESTIÓN, S.L., con CIF B-85267375 y domicilio en la calle Ríos Rosas, n.º 18, 1.º B, de Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al tomo 24.903, folio 158, hoja M-448378, Sección 8.ª, inscripción 1.ª 2. Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución. 3. Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. 4. Se declara disuelta la mercantil LIBELA GESTIÓN, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituídos por la administración concursal. 5. Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se publicarán en el BOE y en el tablón de anuncios del Juzgado. Inscribir, asimismo, en los Registros en los que se hizo la inscripción de declaración de concurso, la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos. 6. En el plazo de quince días, computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC. 7. Formar la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso (artículo 163.1.2.º de la LC). Hágase constar en el edicto que dentro de los DIEZ DÍAS siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Madrid, 25 de enero de 2012.- Secretario judicial.

  2. Otro acto concursal17/12/2011
    ⚖️ MADRIDAuto 01/12/2011

    Edicto. Doña M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, anuncia: 1. Que en el procedimiento concursal número 311/11 referente a la deudora "Libela Gestión, S.L.", con C.I.F.: B-85267375, y domicilio en la calle Ríos Rosas, n.º 18, 1.º-B, de Madrid, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal (L.C.), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2. Dentro del plazo de cinco días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el BOE y en el tablón de anuncios del Juzgado los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. Madrid, 1 de diciembre de 2011.- El Secretario Judicial.

  3. Otro acto concursal01/10/2011
    ⚖️ MADRIDProc. 311/2011Auto 21/09/2011

    Edicto D.ª M.ª Luisa Pariente Vellisca Secretario del juzgado de lo mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal anuncia 1º Que en el procedimiento n.º 311/2011 por auto de fecha 21 de septiembre de 2011 se ha declarado en concurso voluntario al deudor LIBELA GESTION, S.L., con C.I.F.:B-85267375 y domicilio en la calle Ríos Rosas n.º 18, 1.º-B de Madrid. 2º Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de 15 días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la LC) Madrid, 21 de septiembre de 2011.- Secretario judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.