InicioJusticiaLEMA Y WALDOMAR SL

Concurso de acreedores

LEMA Y WALDOMAR SL

CIF B15733405Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
426/02/201318/02/2021
Procedimiento
503/2012
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal18/02/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 503/2012Juez : Miguel Angel ChamorroAuto 05/01/2021

    No abrir la sección 5ª ante la inexistencia de bienes que liquidar. 2.- Ordeno la apertura de la Sección 6ª

  2. Otro acto concursal18/02/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 503/2012Juez : Miguel Angel ChamorroAuto 05/01/2021

    No abrir la sección 5ª ante la inexistencia de bienes que liquidar. 2.- Ordeno la apertura de la Sección 6ª de

  3. Conclusión del concurso18/02/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 503/2012Juez : Miguel Angel ChamorroAuto 05/01/2021

    No abrir la sección 5ª ante la inexistencia de bienes que liquidar. 2.- Ordeno la apertura de la Sección 6ª de calificación

  4. Declaración de concurso26/02/2013
    ⚖️ A CORUÑAProc. 503/2012Auto 23/01/2013

    D. Domingo Villafáñez García, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección Primera Declaración Concurso 503/2012 y NIG número 15030 47 1 2012 0000802, se ha dictado en fecha 23 de enero de 2013 Auto de Declaración de Concurso Voluntario-Abreviado del deudor Lema y Waldomar, Sociedad Limitada, con CIF domiciliada en A Coruña, calle Ángel del Castillo, número 29, 1.º izquierda, CIF B-15733405. 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la deudora. Se ha designado, como administración concursal a la letrado doña Beatriz Borrajo Dios, con despacho profesional abierto en esta ciudad, calle Juan Flórez 24, 1.º D, y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. A Coruña, 25 de enero de 2013.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.