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Concurso de acreedores
LEAD THE LEADS SL
CIF B66592528Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 13/03/2019 → 18/03/2021
- Procedimiento
- 40/2019
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso18/03/2021⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 40/2019Auto 15/03/2021
Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil Nº 1 de Las Palmas, por el presente, Hace saber: Que en el procedimiento concursal número 40/2019, se ha dictado en fecha 4/3/2021 auto declarando la conclusión del concurso de la mercantil LEAD THE LEADS, S.L., con CIF/NIF B66592528, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Se declara la CONCLUSIÓN del concurso de LEAD THE LEADS, S.L., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, con los siguientes efectos: 1.- Cesarán las limitaciones sobre las facultades de administración y de disposición del concursado y cesará la administración concursal. 2.- Se acuerda el archivo de las actuaciones, sin más excepciones que las establecidas en esta ley. 3.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Barcelona, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. La sociedad figura inscrita al Tomo 44953, Folio 1, Hoja B- 472328. Las Palmas de Gran Canaria, 15 de marzo de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Águeda Reyes Almeida.
- Otro acto concursal13/03/2019⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 40/2019Auto 26/02/2019
Edicto Don Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Las Palmas, por el presente, Hace saber: 1.- Que en el procedimiento concursal número 40/2019, se ha dictado en fecha 26 de febrero de 2019, Auto declarando el concurso de la mercantil Lead The Leads, S.L., con CIF número B-66592528, que se tramitará por las normas del procedimiento abreviado, y en el que se ha acordado la suspensión/intervención de las facultades de administración y disposición del concursado respecto de su patrimonio. 2.- Que se ha designado como administrador concursal a don Jorge Rodríguez Ruiz, quien ha señalado como domicilio postal el sito en calle Espíritu Santo, número 3. CP 35001 Las Palmas, con número de teléfono 928.32.20.55, fax número 928.31.45.73 y como dirección electrónica [email protected] para que los acreedores, a su elección, y en la forma prevista en el art. 85 de la Ley Concursal, efectúen la comunicación de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el "Boletín Oficial del Estado". La comunicación de créditos se hará exclusivamente en el domicilio designado por la administración concursal y no producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al juzgado. 3.- Que las publicaciones que traigan causa del concurso se publicarán el Registro Público Concursal, www.publicidadconcursal.es. Las Palmas de Gran Canaria, 8 de marzo de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Eduardo José Rebollo Sanz.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.