InicioJusticiaLAVANDERIA AUTOMATIC ALIRIA SL EN LIQUIDACION

Concurso de acreedores

LAVANDERIA AUTOMATIC ALIRIA SL EN LIQUIDACION

CIF B93382851Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
918/02/202010/04/2023
Procedimiento
1097/2019
Juzgado
Mercantil - 1 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal10/04/2023
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 1097/2019Juez : Dª MARÍA JESÚS DEL PILAR MÁRQUEZAuto 24/01/2023

    Plazo de 10 días para mejorar oferta de compra finca registral nº 16.734 del Registro de Propiedad nº 11 de Málaga

  2. Otro acto concursal03/08/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 1097/2019Juez : ANA MARIN HERREROAuto 03/05/2021

    PUBLICACION INFORME PROVISIONAL

  3. Otro acto concursal09/03/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 1097/2019Juez : JOSE MARIA CASASOLA DIAZAuto 05/03/2021

    Concursal - Sección 5ª (Convenio y liquidación) 1097.05/2019

  4. Apertura de liquidación18/02/2021
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaProc. 1097/2019Auto 01/02/2021

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, anuncia: Que en el procedimiento n.º 1097/2019 de la concursada Lavanderia automatic aliria, S.L. con CIF B93382851, por auto de fecha 1/02/2021 se ha acordado la apertura de la fase de liquidación, quedando en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III del libro I del TRLC. Asimismo se declara disuelta la citada mercantil y el cese de los Administradores o liquidadores de la sociedad, que serán sustituidos a todos los efectos por la Administración Concursal, sin perjuicio de continuar aquellos con la representación de la sociedad en el concurso y en los incidentes de los que sean partes. Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados y se deberán convertir a dinero los que consistan en otras prestaciones. Contra la referida resolución cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días que se considerará apelación más próxima a los efectos prevenidos en el artículo 547.1 TRLC. Málaga, 1 de febrero de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.

  5. Apertura de liquidación15/02/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 1097/2019Juez : JOSE MARIA CASASOLA DIAZAuto 01/02/2021

    Concursal - Sección 5ª (Convenio y liquidación) 1097.05/2019

  6. Otro acto concursal29/12/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de MálagaAuto 12/02/2021

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga, anuncia: Que en el procedimiento concursal 1097/19 de Lavandería Automatic Alíria, S.L., con CIF B93382851, se ha señalado para la celebración de junta de acreedores el día 12 de febrero de 2021 a las 11:00 h en la sala de vistas que corresponda. Málaga, 20 de noviembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Jose María Casasola Díaz.

  7. Otro acto concursal16/12/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 1097/2019Juez : JOSE MARIA CASASOLA DIAZAuto 19/11/2020

    Procedimiento: Concursal - Sección 2ª (Administración Concursal) 1097.02/2019

  8. Apertura de liquidación22/10/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 1097/2019Juez : Bárbara María Córdoba ArdaoAuto 01/02/2021

    AUTO DE APROBACION DEL PLAN DE LIQUIDACION

  9. Otro acto concursal18/02/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de MálagaProc. 1097/2019Auto 20/12/2019

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 1097/2019, con NIG 2906742120190029995 por auto de fecha 20 de diciembre de 2019 se ha declarado en concurso voluntario al deudor LAVANDERIA AUTOMATIC ALIRIA, S.L, con CIF B93382851, domicilio en la C/ panaderos 21, Pol Industrial de Alhaurín de la Torre de Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que la administración concursal la integra D. FRANCISCO DE PAULA JAVIER PENA SÁNCHEZ DE MORA, provisto de DNI 25050219E; español, mayor de edad, con vecindad civil común, estado civil divorciado, domicilio y dirección postal en C/ Juan Valera nº 2, 1º puerta 5, C.P. 29017 de Málaga teléfono: 667686848, profesión: abogado, y con dirección de correo electrónico [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos. 4º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal. Málaga, 13 de febrero de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.