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Concurso de acreedores
LAR ABOGADOS SLP EN LIQUIDACION
CIF B92979327Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 8 — 13/04/2019 → 10/04/2023
- Procedimiento
- 607/2018
- Juzgado
- Mercantil - 1 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso10/04/2023⚖️ Mercantil - 1Proc. 607/2018Juez : MARIA JESUS DEL PILAR MARQUEZAuto 21/03/2023
Edicto anunciando dictado auto de fecha 21/03/23 acordando la conclusión del concurso por insuficiencia de masa
- Otro acto concursal07/12/2020⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 607/2018Juez : FRANCISCO GARCIA VALVERDEAuto 23/10/2020
Anunciar textos definitivos del informe del inventario de bienes y derechos y de la lista de acreedores.
- Declaración de concurso01/10/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 607/2018Juez : PAULA BOIX SAMPEDROAuto 20/11/2019
Se declara concluso y se archiva, cese de las limitaciones al deudor, se concede el BEPI de los créditos incluidos en la solicitud provisional por 5 años, se cancelan las inscripciones en los Registros, se anuncia en BOE, RPC y tablón.
- Apertura de liquidación01/10/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 607/2018Juez : MARIA DEL CARMEN VILLELLAS SANCHOAuto 20/11/2019
CONCLUSION APROBACION RENDICION FINAL DE CUENTAS
- Otro acto concursal24/09/2020⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 607/2018Juez : FRANCISCO GARCIA VALVERDEAuto 17/09/2020
Edicto para aprobación de plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado.
- Otro acto concursal20/07/2020⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 607/2018Juez : FRANCISCO GARCIA VALVERDEAuto 16/12/2019
Anunciar Plan de Liquidación de los bienes y derechos del concursado
- Otro acto concursal28/02/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 607/2018Juez : MARIA DEL CARMEN VILLELLAS SANCHOAuto 20/11/2019
CONCLUSION APROBACION rendición final de cuentas cese limitaciones cese administración concursal
- Otro acto concursal13/04/2019⚖️ MÁLAGAProc. 607/2018Auto 01/04/2019
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 607/2018, (NIG: 2906742120180037234) por auto de fecha 1 de abril de 2019 se ha declarado en concurso necesario al deudor LAR ABOGADOS, S.L.P., con CIF B92979327, con domicilio en calle Olozaga número 5, 3ª planta, CP 29005 de Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. 2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3º.- Que la Administración concursal la integra Juan Luis Marín López, provisto de DNI 25102222E. Español, mayor de edad, con vecindad civil común, estado civil casado, domicilio y dirección postal Pasaje Compositor Lehmberg Ruiz número 4, Escalera Izquierda, 1.º A (Málaga), CP 29007. Teléfono 952286762. Profesión Abogado y dirección de correo electrónico [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos. 4º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal. 7º.- En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal). Málaga, 9 de abril de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.