InicioJusticiaLANCIEGO 2002, S.L

Concurso de acreedores

LANCIEGO 2002, S.L

CIF B01340199Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
231/03/201025/04/2015
Procedimiento
216/2008
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Vitoria-Gasteiz

Cronología del expediente

  1. Apertura de liquidación25/04/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Vitoria-GasteizProc. 216/2008Auto 14/04/2015

    Edicto El UPAD Mercantil - Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Vitoria-Gasteiz, Anuncia Que en el procedimiento concursal número 216/2008 en el que figura como concursado/a LANCIEGO 2002, S.L., CIF B01340199, se ha dictado el 14 de abril de 2015 Auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por haber finalizado la fase de liquidación e insuficiencia de la masa activa. La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor. Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora. Dicho Auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno. Vitoria, 14 de abril de 2015.- La Secretario judicial.

  2. Apertura de liquidación31/03/2010
    ⚖️ VITORIAProc. 216/2008Auto 11/03/2010

    El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Vitoria-Gasteiz, Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 216/2008 referente al concursado Lanciego 2002 Sociedad Limitado con DNI B01340199, por auto de fecha 11 de marzo de 2010 se ha acordado lo siguiente: 1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3.- se ha declarado disuelta la Sociedad Laciego 2002, Sociedad Limitada, cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. 4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los díez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Vitoria-Gasteiz, 11 de marzo de 2010.- El/La Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.