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Concurso de acreedores

LAGA BISUTERIA SOCIEDAD LIMITADA

CIF B48790513Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
518/11/201517/12/2020
Procedimiento
588/2015 · 10/2015
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BILBAO · MERCANTIL - 2

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal17/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BILBAO Proc. 588/2015Auto 20/11/2020

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso17/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BILBAO Proc. 588/2015Auto 20/11/2020

    Auto de conclusión de concurso

  3. Conclusión del concurso01/12/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 588/2015Juez : OLGA AHEDOAuto 25/11/2020

    AUTO CONCLUSION

  4. Otro acto concursal08/07/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BILBAO Proc. 588/2015Juez : TERESA VAZQUEZ PIZARROAuto 20/11/2020

    VER EDICTO

  5. Otro acto concursal18/11/2015
    ⚖️ BILBAOProc. 10/2015Auto 05/11/2015

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero. Que en el procedimiento número 588/15-A, por auto de fecha 23/10/2015 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Laga Bisuteria, S.L., con CIF número B-48790513, y con domicilio en Basauri (Bizkaia), Avenida Cervantes, número 49, Edificio Basauri Elkartegia, local 25. Segundo. Que el deudor ha sido intervenido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero. Que la administración concursal ha correspondido a D. Juan Luis Gomeza Eleizalde, economista, con dirección de correo electrónico dirección electrónica: [email protected] Cuarto. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Quinto. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC) Sexto. Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es Bilbao, 5 de noviembre de 2015.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.