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Concurso de acreedores
LACADOS 2000 SL
CIF B61891917Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 5 — 09/07/2016 → 08/11/2024
- Procedimiento
- 278/2016
- Juzgado
- Mercantil - 5 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE BARCELONA
- Administración concursal
- D
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso08/11/2024⚖️ Mercantil - 5Proc. 278/2016Juez : Florencio Molina LopezAuto 04/11/2024
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- Otro acto concursal25/09/2024⚖️ Mercantil - 5Proc. 278/2016Juez : Florencio Molina LopezAuto 05/09/2024
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- Otro acto concursal27/05/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE BARCELONAProc. 278/2016Juez : ANA GONZALEZ CARRILAuto 04/11/2024
APERTURA FASE DE LIQUIDACIÓN
- Conclusión del concurso27/05/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE BARCELONAProc. 278/2016Juez : ROCÍO PERALES BELIZÓNAuto 04/11/2024
Se dicta la conclusión del concurso y se declara la extinción de la persona jurídica.
- Declaración de concurso09/07/2016⚖️ BARCELONAProc. 278/2016Auto 15/04/2016
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso Don Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Adm. de Justicia del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado: Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, Edicficio C, 12.ª planta. Número de asunto: Concurso voluntario 278/2016 7.ª Tipo de concurso: Voluntario. Entidad instante del concurso y NIF: Lacados 2000, S.L.U. CIF B61891917. Fecha del Auto de declaración: 15 de abril de 2016. Administradores concursales: D. AC-IN Administradores Concursales Independientes, con NIF B65794851, domiciliada en Barcelona, Rambla Catalunya, 49-51, 1.º-2.ª, como, con correo electrónico http://www.ac-in.es/ Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Régimen de intervenidas las facultades de la concursada Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 26 de abril de 2016.- El Letrado de la Adm. de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.