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Concurso de acreedores
LABRAS Y MADERA SL
CIF B09051640Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 03/10/2012 → 18/06/2015
- Procedimiento
- 130/2012
Cronología del expediente
- Otro acto concursal18/06/2015⚖️ BURGOSProc. 130/2012Auto 14/05/2015
Edicto D. Javier Ortega Martínez, Secretario Judicial del Juzgado de lo mercantil nº 1 (ant. 1ª Instancia 4) de Burgos, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 130/2012 y NIG 09059 42 1 2012 0004922, se ha dictado, en fecha 14 de mayo de 2015, auto declarando la conclusión y archivo del deudor Labras y Maderas, S.L., con CIF B-09051640, y domicilio social en Burgos, polígono industrial de Villalonquejar, C/ Condado de Treviño, 17. 2.º Igualmente, se ha acordado dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que correspondan, tal y como previene el artículo 178.3 de la Ley Concursal. Burgos, 29 de mayo de 2015.- El Secretario Judicial.
- Otro acto concursal03/10/2012⚖️ BURGOSProc. 130/2012Auto 17/09/2012
Edicto D.ª Pilar Lafuente de Benito, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Burgos, por el presente, hago saber: 1.º Que en la sección primera del procedimiento concursal n.º 130/2012 y NIG nº 09059.42 1 2012 0004922, seguido en este órgano judicial, se ha dictado en fecha 31-07-2012 Auto declarando en concurso voluntario del deudor Labras y Maderas, S.L., con CIF nº: B-09051640 y domicilio social en la C/ Condado de Treviño, n.º 17, Polígono Industrial Villalonquejar de Burgos. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercitará la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a la Abogada D.ª Sara Vaya Sanchís, con domicilio postal en Plaza de la Libertad, n.º 9, 1.º D, de Burgos, CP 09004 Burgos, y dirección electrónica [email protected], señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Burgos, 17 de septiembre de 2012.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.