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Concurso de acreedores
LABORATORIOS OLIVA CLEAN BIRD SL
CIF B45474632Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 14/07/2012 → 02/02/2023
- Procedimiento
- 20/2012
- Juzgado
- 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 1Y DE LO MERCANTIL DE TOLEDO 1 · Mercantil - 1
Cronología del expediente
- Otro acto concursal02/02/2023⚖️ 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 1Y DE LO MERCANTIL DE TOLEDO 1Proc. 20/2012Juez : JOSE MARIA CASASOLA DIAZAuto 09/11/2022
EL JUZGADO DE LO MERCANTIL 1 DE MALAGA DICTO AUTO DE DECKARACION DE CONCURSO VOLUNTARIO DE FECHA 7 DE ABRIL DE 2021 AL DEUDOR SERGIO RAMON VARGAS RIGONI
- Conclusión del concurso02/02/2023⚖️ 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 1Y DE LO MERCANTIL DE TOLEDO 1Proc. 20/2012Juez : JOSE MANUEL PEREZ MASIDEAuto 09/11/2022
Acuerda aprobar la propuesta de plan de liquidación presentada por la AC, excluir el inmueble hipotecado a favor del Banco Santander S.A. y formar la sección sexta. Dentro de los 10 días siguientes cualquier persona/acreedor podrá personarse.
- Conclusión del concurso11/11/2022⚖️ Mercantil - 1Proc. 20/2012Juez : LORENA AFRICA CASANOVAAuto 09/11/2022
AUTO CONCLUSION Y APROBADAS LAS CUENTAS PRESENTADAS POR EL ADMINISTRADOR COCNURSAL
- Declaración de concurso14/07/2012⚖️ TOLEDOProc. 20/2012Auto 25/06/2012
Doña Concepción Álvarez García, Secretario judicial de Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 y de lo Mercantil de Toledo, por el presente, hago saber: 1º.- Que en el concurso voluntario abreviado seguido en este órgano judicial con el n.º 20/2012 se ha dictado en fecha 25/06/2012 Auto de Declaración de Concurso del deudor Laboratorios Oliva Clean Bird, S.L., con CIF B-45474632, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Quintanar de la Orden (Toledo), Carretera Madrid-Albacete, km 124,300. 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por la Administración Concursal. Se ha designado, como administración concursal a la abogada D.ª Pilar Viana Lozoya, con domicilio postal en C/ Medinilla, 2-2.º A, 45003 Toledo, y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a la previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Toledo, 25 de junio de 2012.- Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.