Inicio›Justicia›LABERNIA-LOPEZ SL
Concurso de acreedores
LABERNIA-LOPEZ SL
CIF B12684833Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 5 — 25/06/2012 → 03/06/2021
- Procedimiento
- 847/2011 · 000847/2011 · 5/2012
- Juzgado
- MERCANTIL - 1 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso03/06/2021⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 847/2011Juez : FRANCISCO GIL MONZOAuto 24/05/2021
AUTO DECLARANDO CONCLUSION CONCURSO
- Otro acto concursal03/06/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000847/2011Auto 24/05/2021
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Otro acto concursal03/06/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000847/2011Auto 24/05/2021
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso03/06/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000847/2011Juez : Alfondo Merino RebolloAuto 24/05/2021
Auto de apertura de fase de liquidación
- Otro acto concursal25/06/2012⚖️ CASTELLÓN DE LA PLANAProc. 5/2012Auto 13/06/2012
Edicto Don Ramiro Monforte Altaba, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número uno de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Hago saber: Primero: Que por Auto de fecha 30/5/2012, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado número 000847/2011, N.I.G. número 12040-66-2-2011-0001016, seguido en este Juzgado, se ha declarado en Concurso voluntario y abreviado al deudor "Labernia López, S.L.", domiciliado en calle Ausias March, 11, 1.º B, Villareal y C.I.F. número B12684833. Segundo: Que se ha determinado el régimen de intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado. Tercero: Que se ha designado como Administrador/es Concursal/es a don Víctor Manuel Jiménez Borillo, con domicilio en C/ Sanchís Albella, número 4, 1.º A, C.P. 12001 Castellón y dirección electrónica [email protected], a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC. Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas. Castellón, 13 de junio de 2012.- El/La Secretario/a judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.