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Concurso de acreedores
LA PANOTEKA SOCIEDAD LIMITADA
CIF B95730065Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 26/05/2016 → 14/05/2018
- Procedimiento
- 291/2016
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao
Cronología del expediente
- Otro acto concursal14/05/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de BilbaoProc. 291/2016Auto 08/05/2018
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao, Anuncia Que en el procedimiento concursal CNA 291/2016-M en el que figura como concursado La Panoteka, S.L., con CIF B-95730065, se ha dictado el día de hoy Auto que declara el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora. Dicho Auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno. Bilbao (Bizkaia), 8 de mayo de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal26/05/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de BilbaoProc. 291/2016Auto 28/04/2016
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número CNA 291/2016-M, NIG 48.04.2-16/010446, por auto de fecha 28 de abril de 2016 se ha declarado en concurso voluntario al deudor LA PANOTEKA, S.L. (EN LIQUIDACIÓN), con CIF B-95730065, y domicilio en Alameda Urquijo, n.º 62, Bilbao. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal. 3.º Que la Administración concursal ha correspondido a don Jon Ander Díez Bilbao, economista. Domicilio postal: calle Ledesma, 10 bis, 3.º, Dpto, 1, 48001 Bilbao. Dirección electrónica:[email protected] 4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la adminstración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC) 6.º Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro público concursal:www.publicidadconcursal.es Bilbao (Bizkaia), 6 de mayo de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.