InicioJusticiaLA MAESTRA ALIMENTARIA SL

Concurso de acreedores

LA MAESTRA ALIMENTARIA SL

CIF B73623761Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
710/11/201830/04/2021
Procedimiento
367/2018
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA · Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Murcia · MERCANTIL - 1 · JDO. DE LO MERCANTIL N.º 1 de MURCIA

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal30/04/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 367/2018Juez : MIGUEL ANGEL CHAMORRO GONZALEZAuto 23/03/2021

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  2. Otro acto concursal30/04/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 367/2018Auto 23/03/2021

    Cese de Administrador concursal

  3. Conclusión del concurso30/04/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 367/2018Auto 23/03/2021

    Auto de conclusión de concurso

  4. Otro acto concursal17/04/2021
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de MurciaProc. 367/2018Auto 23/03/2021

    Edicto Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Murcia, anuncia: 1.- En este órgano judicial se tramita Sección V de Liquidación del concurso necesario 367/2018 de La Maestra Alimentaria, S.L., con CIF B73623761, en el que se ha dictado el día 23 de marzo de 2021 auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento. 2.- El auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 485 del Texto Refundido de la Ley Concursal. Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 552, 553 y 554 y 482.3 del Texto Refundido de la Ley Concursal, se expide el presente. Doy fe. Murcia, 12 de abril de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.

  5. Conclusión del concurso12/04/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 367/2018Juez : MARIA DOLORES DE LAS HERAS GARCIAAuto 23/03/2021

    1º Debo declarar y declaro finalizada la fase de liquidación y la conclusión y archivo del concurso de acreedores. 2º Archivar definitivamente las actuaciones.

  6. Otro acto concursal11/03/2019
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 367/2018Juez : MARIA DOLORES DE LAS HERAS GARCIAAuto 04/03/2019

    Retribución definitiva.

  7. Declaración de concurso10/11/2018
    ⚖️ JDO. DE LO MERCANTIL N.º 1 de MURCIAAuto 25/10/2018

    D./Dª. ANA MARÍA LACALLE ESPALLARDO, Letrado de la Administración de Justicia de JDO. DE LO MERCANTIL N.º 1 de MURCIA, por el presente, HAGO SABER: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º SECCION I DECLARACIÓN CONCURSO 0000367 /2018 y NIG n.º 30030 47 1 2018 0000694 se ha dictado en fecha 25 de octubre de 2018 AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO necesario del deudor LA MAESTRA ALIMENTARIA, S.L., con CIF B-73623761, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Polígono Industrial "Ascoy", Parcela A 19-20, CP 30530 Cieza (Murcia). 2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que ejercerá la Administración Concursal. Se ha designado, como Administración Concursal a la sociedad IPADEU, S.L.P. con CIF B-73812083, domicilio en Calle Teniente General Gutiérrez Mellado, n.º 5, Planta Baja, Letra C, CP 30008 Murcia, teléfono 667941993, fax 968119378 y dirección electrónica [email protected], quien al amparo de lo establecido en el art. 30 de la ley Concursal ha designado para su representación a la Abogada doña Alicia Rojo Martínez con DNI 34807318S, quien ha aceptado el cargo mediante comparecencia en este Juzgado el día 31 de octubre de 2018. Para la remisión de créditos, se designa como domicilio postal el arriba referenciado, y como dirección electrónica [email protected]. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado". 4º.- No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni en la Oficina de Registro de la Ciudad de la Justicia. 5º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso de publicarán en el Registro Público Concursal. Murcia, 5 de noviembre de 2018.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.