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Concurso de acreedores

KURLUTXU SOCIEDAD LIMITADA

CIF B95594081Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
505/10/202018/05/2023
Procedimiento
339/2012
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BILBAO · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal18/05/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BILBAO Proc. 339/2012Juez : MARCOS BERMUDEZ AVILAAuto 24/09/2020

    CONCLUSION DEL CONCURSO Y ARCHIVO DEL PROCEDIMIENTO, ASÍ COMO EL CESE DE LA ADMÓN CONCURSAL Y EXTINCION DE LA PERSONA JURIDICA

  2. Conclusión del concurso18/05/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BILBAO Proc. 339/2012Juez : Roberto Niño EstebanezAuto 24/09/2020

    Nombrar Ad.Concursal a: Albert de Buen Farrés ([email protected]) Balmes, 90 Pral 1ª B 08.008

  3. Otro acto concursal15/06/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BILBAO Proc. 339/2012Juez : Rafael Huerta GarciaAuto 14/05/2012

    Nombramiento AC

  4. Otro acto concursal15/12/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BILBAO Proc. 339/2012Juez : MARGARITA JUAN LOSAAuto 24/09/2020

    AUTO CONCLUSION CONCURSO POR INSUFICIENCIA DE MASA ACTIVA CON CONCLUSION Y ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES EXTINCION DE LA PERSONALIDAD JURIDICA Y CANCELACION DE INSCRIPCION EN REGISTROS PUBLICOS

  5. Apertura de liquidación05/10/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BilbaoProc. 339/2012Auto 24/09/2020

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao, anuncia Que en el procedimiento concursal número 339/2012 en el que figura como concursado/a KURLUTXU, S.L., B-95594081, y, se ha dictado el día de hoy auto que declara concluso el concurso por haber finalizado la fase de liquidación. La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor. Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora. Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno. Bilbao, 24 de septiembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Fernanda Abiega Gil.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.