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Concurso de acreedores
KUORUM CATERING SL
CIF B93001980Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 5 — 11/12/2014 → 22/03/2021
- Procedimiento
- 1325/2014
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA · Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga · MERCANTIL - 1
Cronología del expediente
- Otro acto concursal22/03/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 1325/2014Auto 03/02/2021
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso22/03/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 1325/2014Auto 03/02/2021
Auto de conclusión de concurso
- Conclusión del concurso22/02/2021⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de MálagaProc. 1325/2014Auto 03/02/2021
Edicto El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga, anuncia: Que en el procedimiento concursal Nº 1325/2014 (NIG: 2906742M20140002475) referente al deudor KUORUM CATERING, S.L., con CIF B93001980, por auto de fecha 3 de febrero de 2021 se ha acordado la conclusión del concurso por haber concluido las operaciones de liquidación, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes en este momento y cesando el administrador concursal en su cargo. También se acuerda la extinción de la sociedad. Contra esta resolución no cabe recurso alguno. Málaga, 17 de febrero de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, Jose María Casasola Díaz.
- Conclusión del concurso16/02/2021⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 1325/2014Juez : MARIA JESUS DEL PILAR MARQUEZAuto 03/02/2021
EDICTO ANUNCIANDO LA CONCLUSION DEL CONCURSO POR HABER CONCLUIDO LAS OPERACIONES DE LIQUIDACION, CESANDO LAS LIMITACIONES DE LAS FACULTADES DE ADMINISTRACION Y DISPOSICION DEL DEUDOR Y CESANDO EL ADMINISTRADOR CONCURSAL EN SU CARGO
- Otro acto concursal11/12/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaAuto 07/10/2014
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia 1.º Que en el procedimiento número 1325/14, por Auto de fecha 7 de octubre de 2014 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Kuorum Catering, S.L., con NIF B93001980, domicilio en Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. 3.º Que la Administración Concursal la integra don Juan Navarro Ros, provisto de DNI 77335201R; que lo hace en nombre y representación de la Sociedad Ruiz, Casero y Navarro Profesionales Concursales, S.L.P., entidad con domicilio en calle Cuarteles, n.º 13, 1.º A, Málaga, y dirección postal 29002, vecino de Málaga, y con dirección de correo electrónico [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos. 4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración Concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera. 6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal. Málaga, 14 de noviembre de 2014.- El Secretario judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.