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Concurso de acreedores

KROSS HOTELS SL

CIF B73769333Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
207/03/201529/06/2016
Procedimiento
76/2014 · 2014/0000
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal29/06/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MurciaProc. 76/2014Auto 30/05/2016

    Edicto Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, anuncia: 1. Que en el procedimiento Concurso 76/2014 de Kross Hotels, S.L., con CIF B-73769333, se dictó el 30 de mayo de 2016 auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento. 2. El auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 176 de la Ley Concursal. Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23, 24 y 177.3 de la Ley Concursal, se expide el presente, doy fe. Murcia, 2 de junio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso07/03/2015
    ⚖️ MURCIAProc. 2014/0000Auto 11/02/2015

    Edicto Doña Ana María Lacalle Espallardo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil Número Uno de Murcia, Por el presente hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración de Concurso 0000076 /2014 y NIG n.º 30030 47 1 2014/0000149, se ha dictado en fecha 11 de febrero de 2015 auto de declaración de concurso necesario abreviado del deudor Kross Hotels, S.L., con CIF B-73769333, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Murcia, Plaza Torrecilla, bajo A. 2.º Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor quedan suspendidas. Se ha designado, como administración concursal a Convenia Profesional S.L.P., con domicilio en Calle Orense, nº 25, 4º-B, 28020, Madrid, nº teléfono 91 781 84 40, nº fax 91 417 54 58 y correo electrónico [email protected], para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. 5.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica: www.oficinajudicialmurcia.es En Murcia, 18 de febrero de 2015.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.