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Concurso de acreedores

KORDYBA SL

CIF B14113906Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
603/08/201304/03/2022
Procedimiento
812/12 · 812/2012
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID · MERCANTIL - 2 · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal04/03/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID Proc. 812/12Auto 02/03/2021

    Cese de Administrador concursal

  2. Otro acto concursal04/03/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID Proc. 812/12Juez : MARIA ANGELES GONZALEZ DE LOS SANTOSAuto 02/03/2021

    PUBLICACIÓN INFORME AC ART 294 TRLC

  3. Conclusión del concurso04/03/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID Proc. 812/12Juez : ANA AVILA HIERROAuto 02/03/2021

    APROBACION DEL PLAN DE LIQUIDACIN

  4. Conclusión del concurso07/10/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 812/2012Juez : ANDRES SANCHEZ MAGROAuto 02/03/2021

    Auto conclusión

  5. Otro acto concursal19/10/2013
    ⚖️ MADRIDAuto 02/10/2013

    El Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 23 de la LC, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 812/12 por auto de fecha 15/07/13 se ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor Kordyba, S.L., con CIF número B-14113906 con domicilio en Madrid, calle Lagasca nº 85, 3º dcha. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de Un Mes a contar desde la presente publicación. Lugar para tal comunicación: Por presentación o remisión a la dirección: "Administación Concursal del concurso de Kordyba, S.L., Administradora Concursal Doña Bárbara Pitarque Villaescusa, con domicilio profesional en Madrid, calle Velázquez, número 94, 1.ª planta, teléfono 91-781-56-94 y fax 963-52-82-38, también podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. Dirección de correo electrónico: [email protected]. Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC), en escrito dirigido al Juzgado. Déjese sin efecto el edicto publicado en fecha 03/08/13 relativo al procedimiento número 812/12. Madrid, 2 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial.

  6. Otro acto concursal03/08/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de MadridAuto 17/07/2013

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la LC, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento n.º 812/12 por auto de fecha 15/07/13 se ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor Tomás Curiel Distribuciones, S.L., con CIF n.º B-14113906, con domicilio en Madrid, calle Lagasca, n.º 85, 3.º dcha. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la Administración Concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la presente publicación. Lugar para tal comunicación: -Por presentación o remisión a la dirección: "Administración Concursal del concurso de Tomás Curiel Distribuciones, S.L., Administrador concursal doña Bárbara Pitarque Villaescusa, con domicilio profesional en Madrid, calle Velázquez, n.º 94, 1.ª planta, teléfono 91-781-56-94 y fax 963-52-82-38, también podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. Dirección de correo electrónico: [email protected]. Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC), en escrito dirigido al Juzgado. Madrid, 17 de julio de 2013.- Secretario judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.