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Concurso de acreedores
Kiwtransport, S.L., habiéndose insertado por error como CIF de la sociedad en el edicto de declaración de concurso el nº
CIF B73633103Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 05/03/2016 → 12/04/2016
- Procedimiento
- 831/2015
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Madrid
Cronología del expediente
- Declaración de concurso12/04/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de MadridProc. 831/2015Auto 30/03/2016
Edicto D.ª Yolanda Peña Jiménez, Letrada de la Adminstracion de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Madrid, Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Concurso Necesario Abreviado nº 831/2015 de la mercantil Kiwtransport, S.L., habiéndose insertado por error como CIF de la sociedad en el edicto de declaración de concurso el nº B73633103 siendo el nº de CIF correcto el B73631103. Madrid, 30 de marzo de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal05/03/2016⚖️ MADRIDProc. 831/2015Auto 18/01/2016
Edicto Doña YOLANDA PEÑA JIMÉNEZ, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 10 de Madrid, Anuncia: 1. Que en el concurso de acreedores número 831/2015, con número de identificación general del procedimiento (NIG) n.º 28079 1 4236614/2015, por auto de 18 enero de 2016, se ha declarado en concurso necesario abreviado, al deudor Kiwtransport, S.L., con CIF n.º B-73633103, con domicilio y centro de principales intereses en C/ Doctor Esquerdo, n.º 105, 28007 Madrid. 2. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal. 3. Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal. 4. La identidad de la Administración concursal es el autor de cuentas D. Héctor Gascón Rey, con domicilio postal en C/ Castelló, n.º 117, despacho 439, 28006 Madrid, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado (artículo 184.3 LC). 6. Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es https://[email protected]. Madrid, 18 de enero de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.