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Concurso de acreedores

KEEP THINKING SL

CIF B85273498Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
2 — 19/09/2016 → 23/07/2018
Procedimiento
481/2016
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 07 de Madrid · Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal23/07/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 07 de MadridProc. 481/2016Auto 19/06/2018

    D. Juan Luis Ramos Mendoza, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.º 07 de Madrid, anuncia: En el procedimiento concursal que con el número 481/2016 referido a la mercantil Keep Thinking, S.L. con C.I.F. B85273498 se ha dictado auto de fecha 19.06.2018 por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art.177.1 L.C.), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento. El cese en su cargo del administrador concursal Enrique Llopis Millán aprobándose las cuentas formuladas Madrid, 19 de junio de 2018.- El/La Letrado/a de la Admón. de Justicia.

  2. Otro acto concursal19/09/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 7 de MadridProc. 481/2016Auto 06/09/2016

    Edicto Dª. Virginia Montejo Labrada, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (L.C.), hace saber: 1.- Que en el concurso Concurso Abreviado 481/2016, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2016/0116266, por auto de fecha 01/09/2016, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a Keep Thinking, S.L., con nº de identificación B85273498, y domiciliado en calle José Abascal, 32, 28003 Madrid (Madrid). 2.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal 3.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la L.C. por correo ordinario o en cualquiera de los medios admitidos en derecho, directamente, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado, en el domicilio de la Administración Concursal que es el siguiente: Enrique Llopis Millán Despacho profesional: calle Goya, 15, 1ª y 2ª planta Teléfono: 91 534 14 80 Email: [email protected] 4.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es Madrid, 6 de septiembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.