Concurso de acreedores
KAYOLA SL
CIF B31138662Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 19/12/2013 → 19/12/2013
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña
Cronología del expediente
- Declaración de concurso19/12/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/IruñaAuto 25/10/2013
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, anuncia Que en el procedimiento concursal número 0000455/2008 referente al concursado Kayola, S.L., con CIF B 31138662, con domicilio en calle Ripagain, Polígono Industrial Areta, 3 de Huarte/Uharte por auto de fecha 25 de octubre de 2013 se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte diapositiva dice así: Decido: 1.º Acordar la conclusión del concurso de acreedores de la entidad Kayola, S.L. 2.º Declarar aprobadas las cuentas rendidas, por la administración concursal. 3.º Inscríbase la presente resolución en la hoja abierta a la referida sociedad en el Registro Mercantil de Navarra. A tal fin expídase mandamiento a dicho Registro Público con expresión de la firmeza de esta resolución. 4.º Acordar la extinción de la referida sociedad y disponer el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Navarra, a cuyo efecto expídase mandamiento al Registro Mercantil de Navarra con expresión de su firmeza, comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva. 5.º Publíquese la presente resolución mediante edictos que se anunciarán en el tablón de anuncios de ese juzgado y en el BOE. Entréguense los despachos al procurador de la concursada para que cuide de su curso y gestión. Líbrese exhorto al Juzgado Decano de Pamplona y de Aoiz a fin de que ponga en conocimiento de todos los juzgados de 1ª Instancia y Social, la conclusión del presente concurso a los efectos de los artículos 177 y 178 de la LC. Recurso.- Contra el presente Auto no cabe recurso alguno (art. 177.1 L.con) Pamplona/Iruña, 26 de noviembre de 2013.- El/La Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.