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Concurso de acreedores
KAI BILBAO SOCIEDAD LIMITADA LABORAL
CIF B95705505Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 22/03/2018 → 22/03/2018
- Procedimiento
- 91/2018
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao
Cronología del expediente
- Otro acto concursal22/03/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de BilbaoProc. 91/2018Auto 14/02/2018
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1.º-Que en el procedimiento número 91/2018 NIG n.º 48.04.2-18/003004, por auto de fecha 14 de febrero de 2018 se ha declarado en cocnurso voluntario al deudor Kai Bilbao, Sociedad Limitada, con CIF B-95705505 y con domicilio en calle Colón de Larreategui, n.º 21, lonja Izda. - 48001 Bilbao (Bizkaia). 2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. 3.º-Que la administración concursal ha correspondido a Valentín Falagan del Rio, Economista. Domicilio postal: calle Ibáñez de Bilbao, n.º 11, 1.º Dcha. -48009 Bilbao. Dirección electrónica: [email protected] 4.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal al existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 5.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC). 6.º-Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es En Bilbao (Bizkaia), a, 26 de febrero de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.