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Concurso de acreedores
JYA SANCHEZ SL
CIF B92641414Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 13/12/2019 → 10/05/2023
- Procedimiento
- 903/2018
- Juzgado
- Mercantil - 2 · Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Málaga
Cronología del expediente
- Otro acto concursal10/05/2023⚖️ Mercantil - 2Proc. 903/2018Juez : MARIA JOSE GALIANO NIEVESAuto 30/03/2023
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- Otro acto concursal13/12/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de MálagaProc. 903/2018Auto 01/02/2019
El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal, Anuncia 1.- Que en el procedimiento número 903/2018, por auto de 1 de febrero de 2019 se ha declarado en concurso voluntario al deudor J & Sánchez, S.L., con CIF B92641414 y domicilio en calle Lima nº12, CP 29006 Málaga, cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. 2.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal. 3.- Qué los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. 4.- Qué ha sido designado Administrador Concursal el Abogado Carlos Alberto López Rodríguez con teléfono de contacto 952 469 818. Que los acreedores pueden dirigir sus créditos y cualquier petición o consulta que tengan a la Administración Concursal, a la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected] Así como a la siguiente dirección postal: Avenida de Mijas nº 2, Edificio Serrano 1º D. CP 29651 Mijas Costa, Málaga. El plazo para esta comunicación es de un mes a contar desde la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial del Estado. 5.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Málaga, 26 de noviembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana Isabel del Pozo Aguilar.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.