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Concurso de acreedores
JUFEVE SL EN LIQUIDACION
CIF B83498675Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 14/11/2013 → 04/11/2021
- Procedimiento
- 312/2013
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal04/11/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID Proc. 312/2013Juez : MARÍA ISABEL FRADE HEVIAAuto 05/03/2020
Publíquese la presente impugnación en el Registro Público Concursal, de conformidad con el art. 301 del ya citado texto legal
- Otro acto concursal04/11/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID Proc. 312/2013Auto 05/03/2020
Auto de aprobación del plan de liquidación
- Otro acto concursal14/11/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de MadridProc. 312/2013Auto 24/10/2013
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la L.C., anuncia: 1º.- Que en el procedimiento n.º 312/2013, por auto de fecha 15/10/2013 se ha declarado en concurso Voluntario–Abreviado al deudor Jufeve, S.L., con CIF n.º B-83498675. 2º. - Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la presente publicación. Lugar para tal comunicación: A) Por presentación o remisión a la dirección de la Administración Concursal designada: D. Carlos de Pablo Blaya, C/ Buen Suceso, n.º 4-1.º Izda. 28008 Madrid. Tfno: 91 559 94 47. Fax: 91 559 94 49. B).- También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos: Dirección de correo electrónico:[email protected]. Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC). Madrid, 24 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.