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Concurso de acreedores
JUAN PEREZ MARIN SA
CIF A30013247Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 13/05/2013 → 27/07/2017
- Procedimiento
- 85/2013
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia
Cronología del expediente
- Otro acto concursal27/07/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MurciaProc. 85/2013Auto 20/07/2017
Edicto D.ª Ángela Quesada Martos, Letrado de la Administración de Justicia en sustitución ante el Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, anuncia: 1.- Que en el procedimiento Concurso 85/2013 de JUAN PÉREZ MARÍN, S.A., con A-30013247, se ha dictado el 20 de julio de 2017 auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento. 2.- El auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 176 de la Ley Concursal. Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23, 24 y 177.3 de la Ley Concursal, se expide el presente, doy fe. Murcia, 20 de julio de 2017.- La Letrado de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso13/05/2013⚖️ MURCIAProc. 85/2013Auto 18/04/2013
Edicto Doña Ana María Lacalle Espallardo, Secretario/a Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Murcia, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 85/2013 y NIG n.º 30030 47 1 2013 0000165, se ha dictado en fecha 18 de abril de 2013, auto de declaración de concurso del deudor Juan Pérez Marín, S.A., con CIF A-30013247, con domicilio social en Los Dolores (Murcia), Camino de Tiñosa, s/n. 2.º Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición que quedan intervenidas por la Administración Concursal designada al efecto, mediante su autorización y conformidad. Se ha designado, como administración concursal a Servicios de Revisión Externa, S.L.P. con domicilio postal en Plaza Carlos III, Edificio Wellington, n.º 1, entresuelo, 30008, Murcia, teléfono 968 242 753 y dirección electrónica [email protected] señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. 5.º La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://juzgadomercantil1murcia.blogspot.com/ Murcia, 25 de abril de 2013.- La Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.