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Concurso de acreedores
JOU DISEÑO & LUZ SL
CIF B65058752Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 11/07/2016 → 22/01/2018
- Procedimiento
- 237/2016
Cronología del expediente
- Otro acto concursal22/01/2018⚖️ BARCELONAProc. 237/2016Auto 24/07/2017
Edicto. José Vela Pérez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 9 de Barcelona, Hago saber: Que en el Concurso abreviado 237/2016 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de JOU DISEÑO & LUZ, S.L., con NIF B65058752, con domicilio en calle Bari, 2, Castellbisbal. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (artículo 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 24 de julio de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso11/07/2016⚖️ BARCELONAProc. 237/2016Auto 30/05/2016
Edicto de declaración de concurso Don Francesc Xavier Rafí Roig, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número 9 de los de Barcelona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto: Concurso 237/2016, Sección C5. Fecha del auto de declaración: 13/05/2016. Clase de concurso: Abreviado liquidación Entidad concursada: JOU DISEÑO & LUZ, S.L., con domicilio en calle Bari, 2, Castellbisbal (Barcelona), con CIF número B65058752. Administradores concursales: BAC INTERNATIONAL RESTRUCTURING MANAGEMENT, S.L.P., representada por doña Arancha Corbal Espejo, abogada. Recepción de créditos en: - Dirección postal: Calle Iradier, 19, de 08017 Barcelona. - Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concurso: Suspendidas. Registro Público de resoluciones concursales: www.publicidadconcursal.es Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de la declaración del concurso hasta un plazo máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación en el BOE. Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles de Barcelona (Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edificio C, planta 13, 08014 Barcelona). Barcelona, 30 de mayo de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.