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Concurso de acreedores
JOSERVICES 2018. SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
CIF B76321876Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 11 — 14/09/2020 → 04/07/2022
- Procedimiento
- 628/2020
- Juzgado
- MERCANTIL - 1 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso04/07/2022⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 628/2020Juez : ALBERTO LÓPEZ VILLARRUBIAAuto 01/07/2022
SE DECLARA LA CONCLUSIÓN DEL CONCURSO Y EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES.
- Otro acto concursal21/09/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 628/2020Auto 03/05/2021
Auto de formación de la sección de calificación
- Otro acto concursal21/09/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 628/2020Auto 03/05/2021
Auto de aprobación del plan de liquidación
- Otro acto concursal02/06/2021⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 628/2020Juez : ALBERTO LÓPEZ VILLARRUBIAAuto 03/05/2021
Auto de aprobación del plan de liquidación
- Otro acto concursal31/03/2021⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 628/2020Juez : Alberto López VillarrubiaAuto 31/03/2021
Publicidad del Informe a que se refiere el Capítulo I del Título VI, Libro I del Texto Refundido de la Ley Concursal presentado por la administración concursal (VER EDICTO ADJUNTO)
- Apertura de liquidación26/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 628/2020Juez : JUAN PABLO RINCON HERRANDOAuto 04/12/2020
CONCLUSION
- Otro acto concursal26/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 628/2020Juez : DANIEL GARCIA DEL MARAuto 04/12/2020
Debo declarar y declaro al deudor Dª. NATALIA MARIA QUEVEDO MAESTRE, en situación de concurso consecutivo, toda vez que ha sido acreditado su estado de insolvencia, con todos los efectos legales inherentes a tal declaración ¿¿
- Otro acto concursal26/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 628/2020Juez : JUAN IGNACIO MARTINEZ AROCAAuto 04/12/2020
RETRIBUCION PROVISIONAL
- Otro acto concursal01/02/2021⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 628/2020Auto 04/12/2020
Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil, n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente, Hace saber: 1.- Que en el procedimiento concursal número 628/2020, se ha dictado en fecha 4 de diciembre de 2020, auto declarando el concurso de la mercantil JOSERVICES 2018, Sociedad Limitada, con CIF B-76321876, que se tramitará por las normas del procedimiento abreviado, y en el que se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado respecto de su patrimonio. 2.- Que se ha designado como administradora concursal a la abogada doña Marina González Olivera, quien ha señalado como domicilio postal el sito en calle Alcalde Ramírez Bethencourt, n.º 6, bajo (CP 35003), del término municipal de Las Palmas de Gran Canaria y como dirección electrónica [email protected] para que los acreedores, y en la forma prevista en los arts. 256 y 257 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Concursal, efectúen la comunicación de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación de créditos se hará exclusivamente en el domicilio designado por la administración concursal y no producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al juzgado. 3.- Que las publicaciones que traigan causa del concurso se publicarán el Registro Público Concursal, www.publicidadconcursal.es Las Palmas de Gran Canaria, 26 de enero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Águeda Reyes Almeida.
- Declaración de concurso26/01/2021⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 628/2020Juez : ALBERTO LÓPEZ VILLARRUBIAAuto 04/12/2020
VER EDICTO ADJUNTO
- Declaración de concurso14/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 628/2020Juez : CARMEN GONZÁLEZ SUÁREZAuto 04/12/2020
Se declara en concurso a la mercantil BAFFIN CIBELES SL., acordando en la misma resolución la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de masa activa (art. 470 TRLC)
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.