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Concurso de acreedores
Jose Sole Llort, co
CIF N40874961Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 26/02/2019 → 26/02/2019
- Procedimiento
- 453/2018
- Administración concursal
- RAMON BADIA TERUEL
Cronología del expediente
- Declaración de concurso26/02/2019⚖️ LLEIDAProc. 453/2018Auto 07/01/2019
Don Antoni Josep Casa Capdevila, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Lleida (Mercantil) al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, Hago saber: Número de asunto. Concurso consecutivo 453/2018. Sección: / NIG: 2512047120188021156. Fecha del auto de declaración. 7 DE ENERO DE 2019. Clase de concurso. VOLUNTARIO Y ABREVIADO. Entidad concursada. Jose Sole Llort, con 40874961M. Administradores concursales. Se ha designado como administrador concursal: RAMON BADIA TERUEL. Dirección postal: Calle SANT JOAN, 22, 25310 – Agramunt. Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado. SUSPENDIDAS. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Edificio Canyeret, 3-5, planta 3 – Lleida. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en esta Oficina judicial. Dirección eletrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es Lleida, 6 de febrero de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Antoni Josep Casas Capdevila.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.