Inicio›Justicia›José Muñoz Domínguez, co
Concurso de acreedores
José Muñoz Domínguez, co
CIF N33916292Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 04/11/2020 → 04/11/2020
- Procedimiento
- 105/2020
Cronología del expediente
- Declaración de concurso04/11/2020⚖️ LLEIDAProc. 105/2020Auto 29/06/2020
Antoni Casas Capdevila, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº. 6 de Lleida (Mercantil) al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, Hago saber: Número de asunto. Concurso consecutivo 105/2020 Sección: e. NIG: 2512047120208007989. Fecha del auto de declaración. 29 de junio de 2020. Clase de concurso. consecutivo. Entidad concursada. José Muñoz Domínguez, con 33916292D. Administradores concursales. Se ha designado como Administrador concursal a Sebastián Gutiérrez Gañán. Dirección postal: Calle Comerç 40, entresuelo, 25007 Lleida. Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado. suspendidas. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Edificio Canyeret 3 - 5, planta 3, Lleida. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (artículo 184.3 LC), La personación se debe realizar en esta Oficina Judicial. Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso:http://www.publicidadconcursal.es Lleida, 3 de septiembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Antoni Casas Capdevila.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.