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Concurso de acreedores
JOSE DIEGUEZ SL
CIF B36754679Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 02/04/2011 → 20/03/2014
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra
Cronología del expediente
- Apertura de liquidación20/03/2014⚖️ PONTEVEDRAAuto 06/03/2014
Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra con sede en Vigo, por el presente, Hago saber: 1.- Que en el procedimiento concursal número 0000199/2010 referente al deudor Jose Diéguez, S.L., con CIF número B-36.754.679 por auto de fecha 6 de marzo de 2014 se ha acordado lo siguiente: 1.- Decretar la conclusión del concurso por fin de la fase de liquidación. 2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente. 3.- Se acuerda la extinción de la entidad mercantil Jose Diéguez, S.L., y el cierre de hoja de inscripción en los registros públicos correspondientes. Dado en Vigo, 6 de marzo de 2014.- El/la Secretario Judicial.
- Apertura de liquidación02/04/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de PontevedraAuto 14/03/2011
Edicto Elena García Figueira, Secretario/a judicial, del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra con sede en Vigo, Anuncia: Que en el Sección I Declaración Concurso 0000199/2010, referente al concursado José Diéguez, S.L., con CIF B-36754679, con último domicilio social en calle Enrique Lorenzo, n.º 6, de Teis (Vigo), por auto de fecha catorce de marzo de dos mil once, se ha acordado lo siguiente: 1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3.- Se ha declarado disuelta la sociedad mercantil José Diéguez, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo Vigo, 14 de marzo de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.