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Concurso de acreedores
JOAQUIN DIAZ GARCIA E HIJOS SL
CIF B62842703Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 19/05/2010 → 14/10/2025
- Procedimiento
- 264/2010
- Juzgado
- MERCANTIL DE BARCELONA Nº 008
Cronología del expediente
- Otro acto concursal14/10/2025⚖️ MERCANTIL DE BARCELONA Nº 008Proc. 264/2010Juez : RAQUEL PALMERO MALDONADOAuto 09/10/2025
En el Concurso abreviado 264/2010 se dictó una diligencia de ordenación proveyendo la solicitud de conclusión de concurso y la rendición de cuentas relativos a JOAQUIN DIAZ GARCIA E HIJOS S.L. con CIF B62842703,
- Declaración de concurso19/05/2010⚖️ BARCELONAProc. 264/2010Auto 30/04/2010
Edicto de declaración de concurso. Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 8 de los de Barcelona, Dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto: Concurso 264/2010 Sección G. Fecha del auto de declaración: 27/04/10. Clase del concurso: Voluntario abreviado. Entidad concursada.- Joaquín Díaz García e Hijos, S.L., con domicilio en Terrassa (Barcelona), calle Rambla de Egara, número 5, con CIF número B-62842703. Administradores concursales.- Don Emilio Alvarez Perez Bedia, domiciliado en Barcelona, calle Muntaner números 393-399, 5.°, 1, a, como Economista. Régimen de la facultades del concurso: Intervenidas. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de la Unidad de Apoyo Concursal de Los Juzgados Mercantiles, con dirección en Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111, edificio C, planta 13, Barcelona (08014), la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar desde la publicación en el BOE. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar en escrito independiente del escrito de comunicación de los respectivos créditos y ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles. Barcelona, 30 de abril de 2010.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.