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Concurso de acreedores
JMF ILUMINACION SL
CIF B60799368Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 21/10/2010 → 21/10/2010
- Procedimiento
- 422/2010
Cronología del expediente
- Declaración de concurso21/10/2010⚖️ BARCELONAProc. 422/2010Auto 26/07/2010
Doña María Aranzazu Alameda López, Secretaria del Juzgado Mercantil número 3 de Barcelona, dicto, de conformidad con los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto: Concurso voluntario 422/2010. Sección C1. Entidad concursada: "JMF Iluminación, S.L.", con CIF número B-60799368, e inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona al tomo 28214, folio 176, hoja B-129643. Fecha del auto de declaración: 26 de julio de 2010. Administradores concursales: Don Manuel Riera Güell, con correo electrónico [email protected], como Administrador concursal único. Facultades del concursado: El deudor queda suspendido en las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, siendo sustituido por la Administración concursal. No se adoptan medidas cautelares, sin perjuicio de su posible adopción si variaran las circunstancias referidas en esta resolución. Llamamiento a los acreedores: Disponen del plazo de quince días desde la publicación de los edictos para comunicar a la administración concursal la existencia de su crédito a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación conforme establece el artículo 85 de la Ley Concursal, dichos créditos deberán ir dirigidos a la unidad de apoyo concursal sito en Barcelona en la Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111, planta 13. Los autos, informes y documentación trascendental del concurso quedan en la Secretaría del Juzgado para su examen por los interesados, en horas de audiencia. Barcelona, 10 de septiembre de 2010.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.