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Concurso de acreedores
J C DISEÑOS INMOBILIARIOS SL EN LIQUIDACION
CIF B79333878Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 5 — 30/04/2015 → 18/02/2024
- Procedimiento
- 681/15 · 681/2015
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID · Mercantil - 7
Cronología del expediente
- Otro acto concursal18/02/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID Proc. 681/15Juez : CARLOS CEBALLOS NORTEAuto 06/02/2024
Remítase por el Sr letrado de la administración de Justicia el escrito de rendición de cuentas al Registro Publico Concursal
- Conclusión del concurso18/02/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID Proc. 681/15Juez : CARLOS NIETO DELGADOAuto 06/02/2024
Que en el concurso consecutivo 62/2022, con NIG del procedimiento 28.079.00.2-2022/0016786,por auto de fecha 01/03/2022, se ha declarado en concurso voluntario que se tramitará por el procedimiento abreviado, a D. JOSE MANUEL PESCADOR DELGADO.
- Conclusión del concurso09/02/2024⚖️ Mercantil - 7Proc. 681/2015Juez : JUAN CARLOS PICAZO MENENDEZAuto 06/02/2024
Declara concluso procedimiento concursal por finalizacion fase de liquidacion archivo actuaciones
- Otro acto concursal11/01/2024⚖️ Mercantil - 7Proc. 681/2015Juez : JOSE VELA PEREZAuto 22/12/2023
PONGASE DE MANIFIESTO EL INFORME FINAL POR PLAZO DE QUINCE DIAS
- Declaración de concurso30/04/2015⚖️ MADRIDAuto 14/04/2015
Edicto. D.ª M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1. Que en el concurso número de autos 208/15, con Número de Identificación General del procedimiento 28079 1 4054572 /2015, por auto de 14 de abril de 2015, se ha declarado en concurso voluntario, tramitado como abreviado, a J.C. DISEÑOS INMOBILIARIOS, S.L., con CIF B79.333.878, y domiciliado en la calle Italia, n.º 6, P.I. La Estación, de Griñón (Madrid). 2. Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde el día que en que se les realice la comunicación por la administración concursal o bien en el supuesto de que no se haya realizado, desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso 3. Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la administración concursal. 4. La identidad de la administración concursal es DON JORGE ÁLVAREZ VIÑUELA, el domicilio postal de la misma sito en la calle Bretón de los Herreros, n.º 52, 1.º D de Madrid, y la dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, haciéndoseles saber que los presentados en este Juzgado se tendrán por no comunicados. Las comunicaciones de créditos efectuadas ante este Juzgado se tendrán por no realizadas. 5. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de abogado y procurador presentando escrito de forma separada al de comunicación de crédito ante este juzgado. 6. Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicaran en el Registro Publico Concusal, siendo su direccion electronica www.publicidadconcursal.es Madrid, 14 de abril de 2015.- Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.