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Concurso de acreedores

JACOBO Y RODRIGUEZ SL

CIF B27162668Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
214/10/201314/03/2015
Procedimiento
213/2013 · 2013/0000

Cronología del expediente

  1. Apertura de liquidación14/03/2015
    ⚖️ PONTEVEDRAProc. 213/2013Auto 04/03/2015

    Edicto Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente, Hago saber: Que en fecha 28.01.15 se ha dictado auto de conclusión de concurso cuya parte dispositiva dice: 1. Se decreta la conclusión, por finalización de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores n.º 213/2013 de JACOBO Y RODRÍGUEZ, S.L., con CIF B-27.162.668 con domicilio en San Lázaro, 9, de Monforte de Lemos, con los efectos legales inherentes. 2. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. 3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración concursal y el cese de los Administradores concursales. 4. Se acuerda la extinción de la sociedad JACOBO Y RODRÍGUEZ, S.L. y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. Pontevedra, 4 de marzo de 2015.- El Secretario judicial.

  2. Declaración de concurso14/10/2013
    ⚖️ PONTEVEDRAProc. 2013/0000Auto 25/09/2013

    Edicto Don José Tronchoni Albert, Secretario/a Judicial de Xdo. do Mercantil N. 1 de Pontevedra, por el presente, Hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el. º Sección I Declaración Concurso 0000213/2013 y NIG n.º 36038 47 1 2013/0000323, se ha dictado en fecha 20/09/13 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Jacobo y Rodríguez, S.L., con CIF N.º B-27.162.668, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Calle San Lázaro, 9, de Monforte de Lemos; inscrita en el Registro Mercantil de Lugo, en la Hoja LU-2.353, al folio 103, del Tomo y Libro 185; toda vez que ha acreditado su estado de insolvencia actual. 2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a D. Pablo Marcos Fernández, con domicilio postal en C/ Valencia, 16 – 5.º A, 36203 de Vigo y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Indicar que las personas legitimadas, conforme a la Ley Concursal, para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado, a salvo lo que dispone la Ley de Procedimiento Laboral para la representación y defensa de los trabajadores. Pontevedra, 25 de septiembre de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.