Concurso de acreedores
J2T 2007 SL
CIF B64506835Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 17/01/2017 → 05/03/2018
- Procedimiento
- 948/2016
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 03 de Barcelona hago saber · Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona
Cronología del expediente
- Otro acto concursal05/03/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 03 de Barcelona hago saberProc. 948/2016Auto 20/02/2018
EDICTO Jesús Santiago Ortego Briongos, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 03 de Barcelona hago saber que: En el Concurso abreviado 948/2016 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de J2T 2007 S.L.U., con NIF B64506835, con domicilio en Calle Colón, 133, local, de Terrassa. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 20 de febrero de 2018.- El letrado de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso17/01/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 948/2016Auto 21/12/2016
Doña María Aránzazu Alameda López, Letrada de la Adm. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 948/2016, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad J2T 2007, S.L.U. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 948/2016, sección c2. NIG del procedimiento.- 08019 - 47 - 1 - 2016 - 8005555. Entidad concursada.- J2T 2007 S.L.U., con CIF n.º B-64506835 y domicilio en C/ Colón, 133, local, Terrassa. Tipo de concurso.- voluntario. Fecha del Auto de declaración.- 14.12.2016. Administradores Concursales.- La sociedad V&V Intervención Legal, S.L.P., que designa a Pascual Vidal Fernández, con domicilio social en C/ Muntaner, 479-483, 3.° 6.ª, 08021 Barcelona, teléfono 932183387, fax 932753217, y correo electrónico: [email protected] Facultades del concursado.- suspendidas. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al Art.85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos. - Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 21 de diciembre de 2016.- La Letrada de la Adm. de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.