InicioJusticiaJ.Y.P. AIR SOCIEDAD LIMITADA

Concurso de acreedores

J.Y.P. AIR SOCIEDAD LIMITADA

CIF B48455729Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
230/11/201720/11/2018
Procedimiento
785/2017
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal20/11/2018
    ⚖️ BILBAOProc. 785/2017Auto 19/10/2018

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao anuncia: Que en el procedimiento concursal CNA 785/2017-M, en el que figura como concursado J y P AIR, S.L., con CIF B-48455729, se ha dictado en el día de hoy auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa para el pago de los créditos contra la masa. La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor. Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora. Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno. Bilbao (Bizkaia), 19 de octubre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, D. Jaime Mourenza Arriola.

  2. Otro acto concursal30/11/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de BilbaoProc. 785/2017Auto 20/11/2017

    Edicto. El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento concursal CNA 785/2017-M, NIG 48.04.2-17/028844, por auto de fecha 20 de noviembre de 2017 se ha declarado en concurso voluntario al deudor J.Y.P. Air, S.L., con CIF B-48455729 y con domicilio en calle Gobela, n.º 11, de Las Arenas (Getxo, Bizkaia). Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal. Tercero.- Que la Administración concursal ha correspondido a doña Isabel Arroita Berenguer, Economista. Domicilio postal: calle Colón de Larreátegui, n.º 41, ppal. izda., 48009 Bilbao. Dirección electrónica: [email protected] Cuarto.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sexto.- Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es. Bilbao (Bizkaia), 23 de noviembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.