InicioJusticiaJ. MAGRO PROYECTOS S.L

Concurso de acreedores

J. MAGRO PROYECTOS S.L

CIF B83622100Ver la ficha de la empresa

Activo 2.898.156 €
Publicaciones
322/06/201803/02/2025
Procedimiento
144/2018
Juzgado
Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal03/02/2025
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 144/2018Juez : JORGE MONTULL URQUIJOAuto 11/07/2023

    Recibido escrito de la AC acompañando los textos definitivos y relación de las comunicaciones posteriores presentadas, las modificaciones incluidas y otra actualizada de los créditos contra la masa devengados y pendientes de pago.

  2. Apertura de liquidación03/02/2025
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 144/2018Juez : JORGE MONTULL URQUIJOAuto 22/01/2024

    Acordando la apertura de la fase de liquidación de la concursada J.MAGRO PROYECTOS SL, la disolución de la sociedad, se declara el vencimiento anticipado de los créditos y fórmese la sección 6ª.

  3. Otro acto concursal22/06/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MadridProc. 144/2018Auto 16/05/2018

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Madrid, en cumplimiento del art. 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1. Que en el procedimiento Concurso Ordinario 144/2018, con Número de Identificación General del procedimiento: 28.079.00.2-2017/0153387, por auto de fecha 16 de mayo de 2018, se ha declarado en concurso voluntario, a J. MAGRO PROYECTOS, S.L., con n.º de identificación B-83622100, y domiciliado en la Avenida de las Américas, 4, Nave C-4, del Polígono Industrial de 28823, Coslada, (Madrid) 2. Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3. Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal 4. La identidad de la Administración concursal es D./Dña. Conrado López Sánchez, con domicilio postal en calle Calle Velázquez n.º 53, 2.º Izda, 28001, Madrid y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6. Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es Madrid, 19 de junio de 2018.- Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.