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Concurso de acreedores

IZAOGA BLOCK SL

CIF B73397952Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
430/06/201222/12/2016
Procedimiento
5/2012

Cronología del expediente

  1. Apertura de liquidación22/12/2016
    ⚖️ MURCIAProc. 5/2012Auto 21/11/2016

    Edicto D.ª Ana María Lacalle Espallardo, letrada de la administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número dos de Murcia, hago saber: 1.º Que en el procedimiento número 5/2012, con N.I.G. 3003047120120000011, por auto de fecha 21 de noviembre de 2016 se ha acordado la conclusión por finalización de la fase de liquidación del concurso voluntario del deudor Izaoga Block, S.L. con C.I.F. B-73397952. Murcia, 5 de diciembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal19/09/2012
    ⚖️ MURCIAProc. 5/2012Auto 06/09/2012

    Edicto D.ª Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 2 de Murcia, anuncia: 1.- Que en el Sección I Declaración Concurso 5/2012, referente al deudor Izaoga Block, S.L., con C.I.F. B-73397952, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC). Murcia, 6 de septiembre de 2012.- Secretaria Judicial.

  3. Apertura de liquidación28/07/2012
    ⚖️ MURCIAAuto 13/07/2012

    Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia anuncia: Que en el procedimiento concursal número Concurso Abreviado 5/12 referente al concursado Izaoga Block, S.L., con C.I.F.: B-73397952, por auto de fecha 13-7-12 SE ha acordado lo siguiente: 1.- Abrir, a petición del concursado, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 142 y ss de la LC. La cual se tramitará simultáneamente a la fase común. 2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3.- Se ha declarado disuelta la Sociedad Limitada antes mencionada, cesando en su función sus administradores que serán sustituidos por la Administración Concursal. 4.-Formar la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de diez días siguientes a la ultima publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el B.O.E. y fijarlo en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Murcia, 13 de julio de 2012.- Secretaria Judicial.

  4. Declaración de concurso30/06/2012
    ⚖️ MURCIAProc. 5/2012Auto 13/06/2012

    Edicto D.ª Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 2 de Murcia, por el presente, hago saber: 1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 5/2012, se ha dictado en fecha Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado del deudor Izaoga Block, S.L., con CIF B-73397952, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Jumilla, Ctra. de Santa Ana s/n. 2.º-Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor queden intervenidas por la Administración Concursal designada al efecto, mediante su autorización y conformidad. 3.º-Ha sido designado Administrador Concursal D. Juan Manuel Álvarez Rogel, con despacho profesional en C/ Simón García, n.º 47, 1.º D, 30003 Murcia, teléfono 968.90.90.68, fax: 968.90.91.28 y dirección electrónica [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 4.º-Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 5.º-No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni en la Oficina de Registro en la Ciudad de la Justicia. 6.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal). Murcia, 13 de junio de 2012.- Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.