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Concurso de acreedores

ITEGRAF SA

CIF A46237046Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
3 — 20/03/2009 → 07/11/2011
Procedimiento
139/2009
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso07/11/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaAuto 04/07/2011

    Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso abreviado - 000139/2009 Voluntario, de la deudora Concursada Itegraf, S.A., con CIF n.º A-46237046, con domicilio en la avenida Miguel Hernández, 35, Aldaya, en cuyo seno se ha dictado auto de fecha cuatro de julio de dos mil once por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y el archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor caso de tratarse de persona física, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC.) Y de conformidad con lo acordado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 4 de julio de 2011.- Secretario judicial.

  2. Apertura de liquidación03/05/2010
    ⚖️ VALENCIAAuto 19/04/2010

    Don Jorge Víctor Iglesias de Baya Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento concursal abreviado 139/09 voluntario, de la deudora concursada Itegraf S.A., con CIF A-46237046, con domicilio en Av. Miguel Hernández, 35 Aldaya (Valencia) en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 19 de abril de 2010 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha procedido a la apertura de la fase de liquidación en el presente concurso, habiéndose acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio de la empresa concursada con los efectos previstos en el Título III Ley Concursal, la disolución de la mercantil y el cese de los administradores o liquidadores que serán sustituidos por el administrador concursal, así como el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones, dándole a dicha resolución la publicidad acordada en la misma conforme al artículo 144 Ley Concursal, y disponiendo de un plazo de diez días desde la publicación ordenada en el BOE para que cualquier acreedor o persona con interés legítimo pueda personarse en debida forma, por escrito, en la Sección 6ª de calificación del concurso a los efectos previstos en el artículo 168 Ley Concursal. Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 19 de abril de 2010.- El Secretario Judicial.

  3. Declaración de concurso20/03/2009
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaProc. 139/2009Auto 03/03/2009

    Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Proc. Concursal Abreviado voluntario 139/2009, habiéndose dictado en fecha 3 de marzo de 2009 por el Ilm. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso Voluntario Abreviado de acreedores de Itegraf, S.A. con avenida Miguel Hernández, 35 Aldaya y CIF n.º A-46237046. Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la admisnistración concursal designada. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la última de las publicaciones acordadas en el B.O.E. y en el Diario Levante "El Mercantil Valenciano", puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Asimismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador. Valencia, 3 de marzo de 2009.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.