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Concurso de acreedores

ISSOMAFER DE PEDRERA SL

CIF B91460048Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
215/02/201010/07/2017
Procedimiento
179/2009
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Sevilla

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal10/07/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de SevillaAuto 26/06/2017

    El Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo acordado en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), ANUNCIA Que en el procedimiento número 719/09, referente al deudor Issomafer de Pedrera, S.L.U., con C.I.F.: con C.I.F. B91460048, domicilio en calle Violeta, número veintitrés, Pedrera y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Sevilla, por auto de fecha veintidós de mayo de dos mil diecisiete se ha acordado lo siguiente: 1.- La conclusión del proceso concursal de la entidad Issomafer de Pedrera, S.L.U. llevado en este mismo Juzgado con el nº 719/09. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición. 2.- El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de cinco días. 3.- La declaración de extinción de la sociedad Issomafer de Pedrera, S.L.U. y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros. Sevilla, 26 de junio de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal15/02/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de SevillaProc. 179/2009Auto 28/01/2010

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 179/2009, por auto de 28/01/2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Issomafer de Pedrera, S.L.U., con N.I.F. B91460048, con domicilio en c/ Violeta, n.º 23, Pedrera, Sevilla, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Sevilla. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC) Sevilla, 28 de enero de 2010.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.