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Concurso de acreedores

ISORNA RAMOS SL

CIF B91134023Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
215/10/201610/03/2018
Procedimiento
09/2016
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal10/03/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de SevillaAuto 26/09/2017

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia Que en el procedimiento concursal número 864/16-8, referente al concursado Insorna Ramos, S.L., CIF B91134023, por Auto de fecha 26 de septiembre de 2017 se ha acordado lo siguiente: 1.- La conclusión del proceso concursal de Insorna Ramos, S.L., llevado en este mismo Juzgado con el n.º 864/16. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición. 2.- El cese del Administrador Concursal designado, debiendo devolver la credencial que este Juzgado le extendió en plazo de cinco días. 3.- La declaración de extinción de la sociedad y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros. Sevilla, 6 de marzo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal15/10/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de SevillaProc. 09/2016Auto 29/09/2016

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 864/16, por auto de 22/09/2016 se ha declarado en Concurso Voluntario Abreviado al deudor Isorna Ramos, S.L., con CIF B-91134023, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en la C/ Pino Melis, 5, parcela 12, Urbanización Pinares de Oromana de Alcalá de Guadaira (Sevilla). 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la Administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC, directamente ante la administración concursal D.ª Remedios Sánchez Nario, en su dirección de Avda. Flota de Indias, 18, 3.º D, de Sevilla, correo electrónico: [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 29 de septiembre de 2016.- La Letrada de la Admón. de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.