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Concurso de acreedores

IRCANIA PRODUCCIONES SL

CIF B85127793Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
129/07/201629/07/2016
Procedimiento
456/2016
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso29/07/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de MadridProc. 456/2016Auto 04/07/2016

    Edicto M.ª Jesús Palmero Sandín, Letrada del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley concursal anuncia: Que en este juzgado se sigue procedimiento de concurso voluntario abreviado con n.º 456/2016 sobre la concursada Ircania Producciones, S.L., con CIF B85127793, en los que en fecha 4/7/2016 se ha dictado Auto en el que: 1. Se declara la competencia territorial de este juzgado para conocer del concurso solicitado por el procurador de los tribunales Silvia Urdiales González, en nombre y representación de Ircania Producciones, S.L. CIF B85127793. 2. Se declara en concurso al deudor Ircania Producciones 3. Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3 del apartado 1 del articulo 176 bis L.Co, con los efectos inherentes a dicha declaración, en especial: a. se acuerda el cese de todas la limitaciones de facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese del administrador concursal al no haber sido designado. b. firme la presente resolución, notifíquese la presente a los acreedores y demás interesados; inscribiendo la misma en el modo señalado en el art 27 L.Co; declarando la gratuidad de la inscripción en el BOE. C. se acuerda a efectos concursales la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada, disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos y el cierre de las hojas registrales a los efectos concursales, librando para ellos los oportunos mandamientos una vez firme la presente Resolución. Y para que sirva de publicidad en forma, expido y firmo la presente. Madrid, 4 de julio de 2016.- Letrado Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.