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Concurso de acreedores
IRB MADRID TERUEL SL
CIF B87945267Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 6 — 14/09/2020 → 03/10/2021
- Procedimiento
- 811/2020
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 10 DE MADRID · MERCANTIL - 10
Cronología del expediente
- Otro acto concursal03/10/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 10 DE MADRID Proc. 811/2020Juez : GUILLERMO FERNANDEZ GARCÍAAuto 15/09/2021
AUTO DE CONCLUSION POR INEXISTENCIA DE BIENES. CONCESION DE EXONERACIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO
- Otro acto concursal03/10/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 10 DE MADRID Proc. 811/2020Juez : GUILLERMO FERNANDEZ GARCÍAAuto 15/09/2021
AUTO DE CONCLUSION POR INEXISTENCIA BIENES Y CONCESIÓN EXONERACIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO
- Conclusión del concurso03/10/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 10 DE MADRID Proc. 811/2020Juez : DANIEL GIL PALENCIAAuto 15/09/2021
Edicto: publica Auto 26/01/21 que rectifica Auto de 11/11/20, por error nombre del administrador. concursal, declara en concurso voluntario a M. Remedios López Peraile, con DNI 21495208Y. con Facultades de administración y disposición: Suspendidas
- Otro acto concursal25/01/2021⚖️ MERCANTIL - 10Proc. 811/2020Juez : OLGA MARTIN ALONSOAuto 11/01/2021
EDICTO
- Otro acto concursal21/10/2020⚖️ MERCANTIL - 10Proc. 811/2020Juez : OLGA MARTIN ALONSOAuto 20/10/2020
EDICTO
- Otro acto concursal14/09/2020⚖️ MADRIDProc. 811/2020Auto 04/09/2020
EDICTO Doña Yolanda Peña Jiménez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil nº 10 de Madrid, Hace saber: 1.- Que en el concurso número de autos 811/2020, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2020/0076253, por auto de 4 de septiembre de 2020, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a Irb Madrid Teruel, S.L., con CIF B87945267, y domiciliado en Polígono Industrial de Vallecas, calle Gamonal nº 29 de Madrid. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en los artículos 255, 256, 257 y 258 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es Abogado don Julio Viñuales Gálvez, con domicilio postal en Poeta Joan Maragall nº 49, 11º D, 28020 de Madrid, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con los artículos 255, 256, 257 y 258 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.registradores.org Madrid, 4 de septiembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Yolanda Peña Jiménez.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.