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Concurso de acreedores

IRATXE HOSTELERIA, SOCIEDAD LIMITADA

CIF B73792012Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
230/11/201821/01/2020
Procedimiento
371/2018
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Murcia · JDO. DE LO MERCANTIL n.º 1 de MURCIA

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal21/01/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de MurciaProc. 371/2018Auto 16/01/2020

    Edicto Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Murcia, Anuncia 1.- Que en el procedimiento Concurso 371/2018 de Iraxte Hostelería, S.L., con CIF B-73792012, se dictó el 16 de enero de 2020 auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento. 2.- El auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 176 de la Ley Concursal. Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23, 24 y 177.3 de la Ley Concursal, se expide el presente, doy fe. Murcia, 16 de enero de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.

  2. Declaración de concurso30/11/2018
    ⚖️ JDO. DE LO MERCANTIL n.º 1 de MURCIAProc. 371/2018Auto 14/11/2018

    E D I C T O Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia de JDO. DE LO MERCANTIL n.º 1 de MURCIA, por el presente, HAGO SABER: 1º.- Que en los autos seguidos en este Órgano judicial con el n.º 371/2018 y NIG n.º 30030 47 1 2018 0000651 se ha dictado en fecha 14 de noviembre de 2018 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor IRATXE HOSTELERIA, S.L. con CIF n.º B-73792012, y con domicilio en Vereda del Rincón Gallego, n.º 14, 30579 Torre Agüera (Murcia). 2º.- Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre los bienes del deudor quedan intervenidas. Se ha designado, como administración concursal al Letrado D. Ginés Buitrago Juan con DNI n.º 48366819-G, con domicilio en Ronda de Garay, n.º 39, 4.º F, 30003 Murcia, teléfono 966225539, fax 966225539, y dirección electrónica [email protected] señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. Murcia, 26 de noviembre de 2018.- La Letrada de la Administracion de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.