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Concurso de acreedores
IPTV SOLUTIONS SOCIEDAD LIMITADA
CIF B04621157Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 31/10/2011 → 02/11/2015
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Almería (antiguo Instancia n
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso02/11/2015⚖️ ALMERÍAAuto 31/03/2015
Edicto EL Juzgado de lo Mercantil de Almería Anuncia 1.º Que en el procedimiento número 322/11, con NIG 0401342M20110000345, por Auto de fecha 31 de marzo de 2015 se ha declarado la conclusión del concurso voluntario, del deudor IPTV SOLUTIONS, S.L., con CIF B-04621157, y con domicilio en calle Magistral Domínguez, n.º 11, de Almería. 2.º Se declara aprobada la rendición de cuentas final de los Administradores. Se declara la extinción de la mercantil IPTV SOLUTIONS, S.L. Lo anterior se entiende sin perjuicio de la reapertura del concurso en los casos que proceda. Almería, 31 de marzo de 2015.- La Secretaria judicial.
- Otro acto concursal31/10/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Almería (antiguo Instancia nAuto 28/09/2011
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Almería (antiguo Instancia n.º 7), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 322/11, por auto de 26/09/11 se ha declarado en concurso Voluntario al deudor IPTV SOLUTIONS, S.L., con CIF B-04621157, domicilio en C/ Magistral Domínguez, n.º 11, 3.º B, de Almería, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en dicho domicilio. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es de quince días, a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberan hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC) Almería, 28 de septiembre de 2011.- El/la Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.