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Concurso de acreedores

INVERSUR ENERGIA SL

CIF B18509943Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
426/12/201727/07/2023
Procedimiento
696/2017
Juzgado
Mercantil - 1

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso27/07/2023
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 696/2017Juez : RAFAEL LEONES VALDERDEAuto 16/05/2023

    Acuerdo la conclusión del presente procedimiento concursal de la entidad INVERSUR ENERGIA SLP. Asimismo, acuerdo aprobar la rendición final de cuentas presentada por la administración concursal.

  2. Conclusión del concurso26/07/2023
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 696/2017Juez : PIEDAD LLOR MADRIDAuto 16/05/2023

    Auto de Conclusión

  3. Otro acto concursal11/05/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 696/2017Juez : CONSTANZA CLARA LENDINEZ BARRANCOAuto 31/10/2019

    RETRIBUCION ADMINISTRADOR

  4. Otro acto concursal26/12/2017
    ⚖️ GRANADAProc. 696/2017Auto 15/12/2017

    Edicto El Jugado Mercantil num.1 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la (LC), Anuncia 1º.- Que en el procedimiento número 696/2017, con NIG 1808742120170027625 por auto de 15 de diciembre de 2017 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor INVERSUR ENERGIA S.L., con CIF B18509943 con domicilio en. C/ Melilla, num. 2, Churriana de la Vega ( Granada). 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. a estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido persona jurídica JAB SYSTEM AUDITORS SLP que reúne los requisitos del inciso final del art. 27.1.2.º de la LC: Camino de Ronda, 74, 4.º 3, 18004 Granada Tel. 902 193 217. E-mail/ [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado" y en el/Registro Publico Concursal. 4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Granada, 21 de diciembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.