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Concurso de acreedores

INVERSIONES VORSEVI SA

CIF A41010521Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
217/03/201525/11/2019
Procedimiento
335/2015 · 02/2015
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal25/11/2019
    ⚖️ SEVILLAProc. 335/2015Auto 04/07/2019

    El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (Sección 2ª), en cumplimiento de lo acordado en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: Que en el procedimiento número 335/2015-8 referente al deudor INVERSIONES VORSEVI, S.A.U., con CIF A41010521, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en calle Leonardo Da Vinci nº 20 por auto de fecha 4 de julio de 2019 de se ha acordado lo siguiente: 1.- La conclusión del proceso concursal de la entidad INVERSIONES VORSEVI, S.A.U., llevado en este mismo Juzgado con el número 335/2015-8. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición. 2.- El cese del Administrador concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de cinco días. 3.- La declaración de extinción de la sociedad INVERSIONES VORSEVI, S.A.U., y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros. Sevilla, 4 de julio de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Gullón Gullón.

  2. Otro acto concursal17/03/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de SevillaProc. 02/2015Auto 03/03/2015

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 335/15, por auto de 20/02/2015 se ha declarado en Concurso Voluntario Abreviado al deudor Inversiones Vorsevi, S.A.U., con C.I.F. A-41010521, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en C/ Leonardo da Vinci, 20, de Sevilla. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. directamente ante la administración concursal D. José González Jiménez, en su dirección de Paseo de las Delicias, 3- 4.º izquierda, de Sevilla, correo electrónico:[email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 3 de marzo de 2015.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.