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Concurso de acreedores
INVERSIONES SEVINGE SOCIEDAD LIMITADA
CIF B91434902Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 6 — 27/06/2012 → 06/04/2021
- Procedimiento
- 562/2012
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA · TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 2ª - 2
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso06/04/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA Proc. 562/2012Juez : MARTA GARCÍA FERNÁNDEZAuto 24/03/2021
Ver Edicto
- Conclusión del concurso31/03/2021⚖️ TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 2ª - 2Proc. 562/2012Juez : JUÁN FRANCISCO SANTANA MIRALLESAuto 24/03/2021
VER ANEXO
- Declaración de concurso30/03/2021⚖️ SEVILLAProc. 562/2012Auto 25/03/2021
El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (Sección 2.ª), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del TRLC, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 562/2012, con NIG 4109142M20120001536 por auto de 24/03/21 se ha declarado la conclusión del concurso de la mercantil INVERSIONES SEVINGE, S.L., cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Acuerdo: 1.- Declarar la conclusión del concurso de INVERSIONES SEVINGE, S.L. con CIF B91434902. 2.- Archivar las actuaciones. 3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso. 4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la concursada hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. 5.- El cese de la Administración Concursal designada, debiendo comparecer a tal efecto en este Juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la credencial que le habilita como tal, una vez acreditado en autos la inscripción en el Registro Mercantil de la conclusión del concurso. 6.- La extinción de la entidad INVERSIONES SEVINGE, S.L. debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda, sin perjuicio del mantenimiento de su personalidad jurídica a los efectos de ser centro residual de imputaciones. 7.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal. 8.- Dar la publicidad registral necesaria prevista en los artículos 557 y 558 del Texto Refundido de la Ley Concursal, debiendo remitirse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la inscripción de la presente resolución. 9.- Notificar la presente resolución a las mismas personas a las que se hubiera notificado la declaración de concurso a la Administración Concursal, a la concursada, a las partes personadas, y a cualquiera otra a la que hubiera debido notificarse la declaración de concurso (artículo 482 del Texto Refundido de la Ley Concursal), haciéndoles saber que la misma es FIRME (artículo 481.1 del Texto Refundido de la Ley Concursal)." Sevilla, 25 de marzo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Gullón Gullón.
- Otro acto concursal06/10/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA Proc. 562/2012Juez : NÉSTOR PADILLA DÍAZAuto 24/03/2021
El anterior escrito presetado por la ADMINISTRACIÓN CONCURSAL y con nº de Regsitro 5269/2020, únase. Téngase por presentado el INFORME previsto en los Artículos 290 y ss del TRLC (Texto Refundido de la Ley Concursal) (antiguo Informe del art. 75)...
- Otro acto concursal06/10/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA Proc. 562/2012Juez : MARIA DLORES DE LAS HERAS GARCIAAuto 24/03/2021
CONCLUSION
- Otro acto concursal27/06/2012⚖️ SEVILLAProc. 562/2012Auto 04/06/2012
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 562/2012, con NIG 4109142M20120001536 por auto de veinticinco de mayo de dos mil doce se ha declarado en concurso voluntario al deudor Inversiones Sevinge, S.L., C.I.F B-91434902 y domicilio en calle Américo Vespucio, s/n., bloque B, local 3 41092 Sevilla. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido don Abelardo Bracho Arcos, con domicilio postal en calle Concejal Francisco Ballesteros, 4, 8.ª planta, teléfono 954981300, fax 954981320 y dirección electrónica [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el/los periódicos 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 4 de junio de 2012.- Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.