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Concurso de acreedores

INVERSIONES NOALEJO SL EN LIQUIDACION

CIF B18639120Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
203/10/201323/06/2025
Procedimiento
249/2013
Juzgado
Mercantil - 1

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso23/06/2025
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 249/2013Juez : EVA ALBA PULIDOAuto 18/06/2025

    CONCLUSIÓN DEL CONCURSO DE ACREEDORES. SE APRUEBAN LAS CUENTAS PRESENTADAS POR LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL (VER EDICTO Y AUTO)

  2. Otro acto concursal03/10/2013
    ⚖️ JAÉNProc. 249/2013Auto 11/09/2013

    El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 249/2013, con NIG 2305042M20130000190, por auto de 9/9/13 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Inversiones Noalejo con CIF B-18639120, Piensos Furia con CIF B-18599118 y Harinas y Sémolas de Noalejo con CIF B-18901736, con domicilio en c/ Miguel Valle Tendero, n.º 22 de Jun, Granada. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido Granadaconcursal, S.L.P., con domicilio postal c/ Gran Vía de Colón, n.º 10, 5.ºB de Granada, CP 18010 y dirección electrónica [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Jaén, 11 de septiembre de 2013.- El/La Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.