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Concurso de acreedores

INVERSIONES E INMUEBLES HEMAR SOCIEDAD LIMITADA

CIF B98255219Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
506/01/201805/04/2022
Procedimiento
675/2017
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE VALENCIA · MERCANTIL - 1 · JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE VALENCIA

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal05/04/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE VALENCIA Proc. 675/2017Juez : RAFAEL YANGÜELA CRIADOAuto 18/03/2022

    acordando apertura sección 5º convenio y convocatoria de junta de acreedores

  2. Conclusión del concurso26/03/2022
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 675/2017Juez : Salvador Vilata MenadasAuto 18/03/2022

    Dictado auto por el que se acuerda la conclusión del concurso de acreedores, con todos sus efectos legales inherentes, acordándose la cancelación de la inscripción registral.

  3. Conclusión del concurso10/05/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE VALENCIA Proc. 675/2017Juez : MARIA JOSE HOMPANERA GONZÁLEZAuto 18/03/2022

    AUTO DE CONCLUSIÓN DE CONCURSO

  4. Otro acto concursal23/10/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE VALENCIA Proc. 675/2017Juez : GUILLERMO FERNANDEZ GARCIAAuto 13/11/2017

    Informe al que hace relación el art 290 TRLC

  5. Declaración de concurso06/01/2018
    ⚖️ VALENCIAAuto 13/11/2017

    Doña María Isabel Boguñá Pacheco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valencia, por el presente hago saber: Que en este Juzgado en autos de concurso de acreedores número 675/17, se ha dictado en esta fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de la mercantil Inversiones e Inmuebles Hemar S.L., con CIF B98255219, y con domicilio en Paterna, calle Virgen del Pilar, n.º 3, bajo, habiéndose acordado la intervención de las operaciones del deudor, y habiéndose nombrado administrador concursal a D. Jaime Bernabeu Sánchis, abogado, con domicilio profesional en la calle Daniel Gil 19-3-5, 46870 Ontenient (Valencia), (teléfono: 962388021), email administración@bernabeuabogados. De conformidad con lo ordenado, se llama por este edicto a los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes, desde la última de las publicaciones a que se refiere el artículo 23 LC puedan comunicar sus créditos en los términos del artículo 85. Valencia, 13 de noviembre de 2017.- La letrada de la Administración de justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.