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Concurso de acreedores
INVERSIONES DIVINAL SL
CIF B32267007Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 14/12/2009 → 31/01/2013
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso31/01/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de MadridAuto 22/01/2013
Edicto Doña Verónica Calvo Moreno, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 494/09, por auto de 22 de enero de 2013 se ha acordado la conclusión del concurso del deudor Inversiones Divinal, S.L., CIF n.º B-32267007. 2º.- Se ha declarado la extinción de la entidad Inversiones Divinal, S.L. 3º.- Se ha acordado el cese de su cargo del Administrador Concursal. Madrid, 22 de enero de 2013.- Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 8 de Madrid.
- Otro acto concursal14/12/2009⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de MadridAuto 01/12/2009
Edicto. D.ª Carmen Alesanco Retana, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 484/09 por auto de 1 de diciembre de 2009 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Inversiones "Divinal, S.L.", CIF n.º B-32267007, con domicilio en Las Rozas, P.I. Gran Comercial Európolis, calle Mónaco, 49. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, D. Pedro Tortosa Mondéjar, con despacho profesional en Madrid, calle Serrano, 643, 4.º izq., la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito y se presentará en el Juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el "Boletín Oficial del Estado". 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 3 de diciembre de 2009.- Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.